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Discusión General

Sobre la Ley PPP. Información y dudas.

Página: 9 de 10
Moderadores: Damzel, sandrarf
Usuario Titulo: Sobre la Ley PPP. Información y dudas.

Damzel

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Damzel
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Edad: 124 años
Provincia: Roskilde
Publicado: Saturday 29 de April de 2017, 16:08
Del hilo que se titulaba "ayuda legal para mi"

hola me llamo david , hace un año estaba en un parque dando de beber a mi bull y se asusto con una chica y le marco la pierna vino la guardia urbana y me multaron con 900 euros. despues un año me llega una carta en la que me reclaman 2404 euros  por una falta muy grave por no tener licencia de perros peligrossos, alguien me puede aconsejar donde ir para pedir ayuda juridica pues no se si legalmente es ppp, soy de barcelona gracias.


A ver esta es la supuesta lista de PPP en Barcelona
 Akita Inu,

 American Staffordshire Terrier,

Bullmastiff,

 Dobermann  Dogo Argentino ,

Dogo de Burdeos  ,
Fila Brasileiro  ,

Mastín Napolitano,

 Pit Bull Terrier,

 Presa Canario  ,

Rottweiler
Staffordshire Bull Terrier  ,

Tosa Inu o Japonés
Evidentemente yo no soy del ayuntamiento, con bull te refieres a Bull Terrier supongo y en ese caso no aparece en la lista, si es mestizo con rasgos PPP, descendiente de uno si tiene que tener licencia
Aún así efectivamente lo que necesitas es ayuda jurídica directa y en eso no puedo ayudarte pero espero haberte aclarado algo
Saludos


Me parece que ese tipo de multas se pueden recurrir porque una comunidad no puede modificar esa lista, es la que pone el gobierno y punto. Algo así es voy a ver si encuentro algo más


Según el Ayuntamiento de Barcelona

1.Son perros potencialmente peligrosos los que cumplan alguno de los siguientes requisitos:
a)Los que pertenecen a una de las razas siguientes o a sus cruces: Akita inu, terrier staffordshire
americano, bullmastiff, dóberman, Dogo Argentino  Dogo de Burdeos  fila brasileño, Mastín
napolitano, Pit Bull terrier, Presa Canario  Rottweiler  staffordshire Bull Terrier y Tosa Inu o japonés.
b)Perros que han sido adiestrados para el ataque y la defensa.
c) Perros que reúnan alguno de los siguientes requisitos: manifiesten un carácter marcadamente
agresivo, hayan agredido a las personas o a otros animales, o cuyas características se
correspondan con todas o la mayoría de las mencionadas en el anexo II del Real decreto
287/2002, de 22 de marzo
, por el que se desarrolla la Ley estatal 50/1999, de 23 de diciembre,
sobre el régimen jurídico de la tenencia de animales potencialmente peligrosos. Esta potencial
peligrosidad deberá haber sido apreciada mediante resolución de la autoridad municipal
competente de acuerdo con criterios objetivos, bien de oficio o después de una notificación o
denuncia, previo informe de un veterinario, oficial o colegiado, designado o habilitado por la
autoridad competente municipal.

https://goo.gl/McimDO

Por lo tanto me temo que lo han calificado bien. No se como será en Barcelona, en mi Ayuntamiento son bastante razonables, intenta ir a hablar con la persona que lleve el tema (sanidad) y a ver que opciones que da. Lo que me extraña mucho es que no te hayan dicho nada de nada antes de que te llegara esa sanción...


El problema es el anexo II de la ley, que deja sin especificiar muchas razas.. Por ese anexo podrían calificar de PPP a muchos perros a pesar de que no estén en la lista.

a) Fuerte musculatura, aspecto poderoso, robusto, configuración atlética, agilidad, vigor y resistencia.
b) Marcado carácter y gran valor.
c) Pelo corto.
d) Perímetro torácico comprendido entre 60 y 80 centímetros, altura a la cruz entre 50 y 70 centímetros y peso superior a 20 kg.
e) Cabeza voluminosa, cuboide, robusta, con cráneo ancho y grande y mejillas musculosas y abombadas. Mandíbulas grandes y fuertes, boca robusta, ancha y profunda.
f) Cuello ancho, musculoso y corto.
g) Pecho macizo, ancho, grande, profundo, costillas arqueadas y lomo musculado y corto.
h) Extremidades anteriores paralelas, rectas y robustas y extremidades posteriores muy musculosas, con patas relativamente largas formando un ángulo moderado.

Por tanto el Bull Terrier cumple casi todas estas caracteristicas, podría ser considerado peligroso. Incluso un labrador podría ser considerado. Y es algo que va a juicio de quien interprete la ley...

Creo que a lo que se refería CyC2009 es a esto:
http://www.conespa.com/facebookfiles/dobermann_sentencia_tribunal_superior_justicia.pdf
Es una sentencia de Navarra, al dueño le habían puesto multa por llevar un Dobermann suelto, sin licencia y sin bozal y el ayuntamiento consideraba (por el Anexo II) perro ppp; el juez declaró que el animal no era peligroso y que los ayuntamientos no pueden añadir razas excepto las oficiales
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Lahion

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Publicado: Wednesday 17 de May de 2017, 19:06
Hola buenas a todos/as.
Soy nuevo por aquí, os cuento mis dudas, a ver si me podéis orientar, os doy las gracias de ante mano.
 Yo saco a mi Bulldog Inglés en un parque canino ( tendrá 1km cuadrado aprox), el caso es que hay una par de carteles con las normas básicas del parque, pero no nombra para nada cómo tienen que actuar las personas que van con perros ppp ( el mio por peso y constitución física, supuestamente lo es, pero en Andalucía no están catalogado cómo tal), el caso es que hay una persona que va con un Rottweiler ( que en Andalucía si que está catalogado cómo tal), el caso es que el perro es bastante bueno y se hace caso del dueño, pero con algunos perros no se lleva bien ( incluido el mío), el chico lo mete suelto y sin bozal ni nada, antes de ayer intentando montar/dominar a otro perro, le partió una patita ( fue fortuito), el caso es que ayer intentó volver a entrar en el parque con el perro suelto y sin bozal, yo personalmente me negué a que entrase por miedo a que se enzarzase con el mío y otro más, ( ya que siempre evitamos entrar si estamos alguno, ayer no fue el caso).
Mi duda es ¿cómo tienen que entrar los perros de razas catalogadas como PPP en un parque canino?
Muchas gracias.
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Damzel

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Damzel
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Edad: 124 años
Provincia: Roskilde
Publicado: Wednesday 17 de May de 2017, 20:25
Hola buenas a todos/as.
Soy nuevo por aquí, os cuento mis dudas, a ver si me podéis orientar, os doy las gracias de ante mano.
 Yo saco a mi Bulldog Inglés en un parque canino ( tendrá 1km cuadrado aprox), el caso es que hay una par de carteles con las normas básicas del parque, pero no nombra para nada cómo tienen que actuar las personas que van con perros ppp ( el mio por peso y constitución física, supuestamente lo es, pero en Andalucía no están catalogado cómo tal), el caso es que hay una persona que va con un Rottweiler ( que en Andalucía si que está catalogado cómo tal), el caso es que el perro es bastante bueno y se hace caso del dueño, pero con algunos perros no se lleva bien ( incluido el mío), el chico lo mete suelto y sin bozal ni nada, antes de ayer intentando montar/dominar a otro perro, le partió una patita ( fue fortuito), el caso es que ayer intentó volver a entrar en el parque con el perro suelto y sin bozal, yo personalmente me negué a que entrase por miedo a que se enzarzase con el mío y otro más, ( ya que siempre evitamos entrar si estamos alguno, ayer no fue el caso).
Mi duda es ¿cómo tienen que entrar los perros de razas catalogadas como PPP en un parque canino?
Muchas gracias.


Yo creo que tienen que entrar atados y con bozal; es un espacio público, no una zona privada.

Artículo 20. En zonas públicas.

(...)

2.  Los  perros  potencialmente  peligrosos  podrán  transitar  por  las  vías  públicas  y  por  los  lugares  y espacios de uso público general, con las siguientescondiciones y limitaciones:

a) La presencia y circulación en espacios públicos deberá ser siempre vigilada y controlada por personas que posean la correspondiente  licencia  municipal  que  les  habilite  para  la  tenencia  de  animales  potencialmente peligrosos  y  que  deberán llevar  consigo.  Asimismo, portarán  el  documento  acreditativo  de  estar  inscrito  el animal  en  el  Registro  Municipal  de  Animales  Potencialmente  Peligrosos  y  el  Documento  Autonómico  de Identificación y Registro del Animal (DAIRA).

b) Será obligatoria la utilización de correa o cadena no extensible e irrompible, de menos de dos metros de  longitud  y  adecuada  para  dominar  en  todo  momentoal  animal,  sin  que  pueda llevarse  más  de  uno  de  estos perros por persona.

c) Deberán llevar un bozal homologado y adecuado para su raza.

(...)
http://www.huelva.es/portal/sites/default/files/documentos/transparencia/c_relevancia_juridica/ordenanza_animales_aprobada_inicialmente_.pdf
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RottiKim

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Publicado: Wednesday 17 de May de 2017, 21:00
¿cómo tienen que entrar los perros de razas catalogadas como PPP en un parque canino?


Igual que tú si tu Bulldog pesa más de 20 kilos; atado y con bozal.
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astrago

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Publicado: Wednesday 17 de May de 2017, 21:09
¿cómo tienen que entrar los perros de razas catalogadas como PPP en un parque canino?


Igual que tú si tu Bulldog pesa más de 20 kilos; atado y con bozal.


El bulldog no es ppp, pese lo que pese. No se rige por esa ley.

Respecto al Rottweiler  atado y con bozal. En algunos parques se indica incluso que los ppp tienen prohibida la entrada.
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Publicado: Wednesday 17 de May de 2017, 21:29
En Andalucía es infracción y sancionable: "Llevar en espacios públicos perros de mas de 20 kilos sin bozal, sujeto por correa no resistente y no extensible y/o conducido por persona menor de edad."

Cualquier perro, no sólo los que sean de razas PPP.

http://www.juntadeandalucia.es/organismos/justiciaeinterior/areas/animales-compania/infracciones-multas.html
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Murguen

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Publicado: Wednesday 17 de May de 2017, 22:08
En Andalucía es infracción y sancionable: "Llevar en espacios públicos perros de mas de 20 kilos sin bozal, sujeto por correa no resistente y no extensible y/o conducido por persona menor de edad."

Cualquier perro, no sólo los que sean de razas PPP.

http://www.juntadeandalucia.es/organismos/justiciaeinterior/areas/animales-compania/infracciones-multas.html


Pero eso incluye las zonas habilitadas para los perros específicamente? Donde yo vivo absolutamente todos los perros tienen que ir atados y con bozal, pero en zonas de esparcimiento canino se pueden soltar sin bozal los perros que no sean PPP.
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Edad: 49 años
Provincia: Cádiz
Publicado: Wednesday 17 de May de 2017, 22:41
Pero eso incluye las zonas habilitadas para los perros específicamente?


Dice claramente: "Llevar en espacios públicos..." Si los lugares de esparcimientos que dices son privados, supongo que no, pero dudo mucho que esas zonas sean de uso privado.
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samar

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Provincia: Madrid
Publicado: Thursday 18 de May de 2017, 00:14
¿cómo tienen que entrar los perros de razas catalogadas como PPP en un parque canino?


Igual que tú si tu Bulldog pesa más de 20 kilos; atado y con bozal.


El bulldog no es ppp, pese lo que pese. No se rige por esa ley.

Respecto al Rottweiler  atado y con bozal. En algunos parques se indica incluso que los ppp tienen prohibida la entrada.


Estamos en lo mismo de siempre.. El anexo II... ese limbo. Si seguimos el anexo al pie de la letra, si sería un PPP.
Los PPP tienen que estar atados y con bozal siempre, incluso en los pipican. Aunque cada ayuntamiento después indica sus normas tipo: no pueden entrar menores de 14 años, no pueden entrar perras en celo..  Seria cuestión de que Lahion preguntase en su ayuntamiento las normas por las que se rige dicho pipican.
Yo en Madrid conozco un caso de un chaval al que multaron por soltar sin bozal un PPP en un pipican, y a pesar de que no había ningún otro perro en ese momento, la policía considera que según la ley, en espacio público no pueden estar sueltos y sin bozal
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Nidaba

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Provincia: Madrid
Publicado: Thursday 18 de May de 2017, 11:21
Aunque cada ayuntamiento después indica sus normas tipo: no pueden entrar menores de 14 años...  


Uy, ojalá pusiera eso por aquí, estoy bastante harta de que entren las familias enteras a los pipican y tener que estar con mil ojos para que no se acerquen a los niños o aguantar las broncas si al final les pasa algo porque los perros están jugando y los padres pasando de sus hijos.
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Damzel

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Publicado: Thursday 18 de May de 2017, 11:39
Antes de que esto se anime a protestas contra lo que pasa o no en los parques caninos, recordad que el hilo va sobre la ley PPP;  para preguntar dudas y poner información sobre la misma. Me adelanto porque sé que el tema es muy goloso para seguir pero no es el hilo.

Edito: http://www.perros.com/foros/general/discusi-oacute-n-general/parques-caninos--desahogos--dudas---.html#p1053603
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RottiKim

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Provincia: Cádiz
Publicado: Thursday 18 de May de 2017, 12:13
Estamos en lo mismo de siempre.. El anexo II


A ver, que no estamos hablando del dichoso anexo.

El ppp tiene que estar en sitios públicos atados y con bozal, hasta ahí todo claro, pero en Andalucía, cualquier mascota que pese más de 20 kilos, tiene que cumplir el mismo requisito de ir atado y con bozal, así sea un Chihuahua obeso   Nada tiene que ver el anexo II en este caso, aunque el Bulldog pueda pertenecer a él.

Hay que tener claro esto porque se puede dar el caso que te niegues a que entre en un pipican un ppp (como comenta en el hilo) y que tú también estés incumpliendo las normas.

Resumiendo:
En Andalucía ppp en zonas públicas con bozal y atado.
En Andalucía perro de más de 20 kilos en zonas públicas, sea la raza que sea, y aparezca en el anexo II o no, bozal y atado.
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Ven

Antiguo Usuario
Publicado: Monday 26 de June de 2017, 13:58
hola buenas, al final mi pareja y yo nos quedaremos con un cachorro de la camada (Bestia). La cosa es que no se si se puede poner un ppp para  varios paseantes con licencia y demas ¿?¿?

puede un perro estar en dos licencia o como se hace para que un ppp tenga varios responsables ¿?
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PewPew

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Provincia: Wicklow
Publicado: Monday 26 de June de 2017, 14:08
hola buenas, al final mi pareja y yo nos quedaremos con un cachorro de la camada (Bestia). La cosa es que no se si se puede poner un ppp para  varios paseantes con licencia y demas ¿?¿?


El perro tiene que ir a nombre de uno y ambos teneis que tener licencia para poder sacarlo los 2
Luego con llevar encima el seguro y la liciencia (no se si vale copia) no tendriais que tener problema

Si por ejemplo te sacas tu solo la licencia tendrias que pasearlo tu
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Ven

Antiguo Usuario
Publicado: Monday 26 de June de 2017, 14:28
aaahhh entonces va muy distinto a como pensaba
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Nachoastur

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Publicado: Thursday 27 de July de 2017, 11:43
Hola, a todos, este año en septiembre nos iremos unos días de vacaciones..y como en otras ocasiones nos llevamos los perros, (yorky y doberman).
En Asturias el Doberman no está considerado PPP, así que no tengo licencia de perros potencialmente peligrosos, aunque si tengo un seguro de responsabilidad civil como si lo fuese, y está vacunado contra la rabia.
Mi pregunta es la siguiente, si estoy de vacaciones en una comunidad en la que el Doberman es PPP, pueden exigirme la licencia y sancionarme por no tenerla??
El año pasado era muy cachorro y la verdad que a todo el mundo le resultaba gracioso incluido a los policías locales que vimos (estuvimos en Andalucia) pero ahora esta mas "grandecito"...y temo que me busquen las cosquillas. Por supuesto va a mi lado con correa, y cuando salgo le pongo bozal, aquí se lo pongo de vez en cuando para que esté acostumbrado....
Espero vuestras respuestas
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NoNick

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Publicado: Thursday 27 de July de 2017, 13:55
Una duda que me ha venido ahora...Si yo me saco la licencia en una comunidad y me voy un por ejemplo a pasar medio año en otra, deberia volver a sacarmela ahi o me sirve la que tengo?
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Fly

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Edad: 123 años
Provincia: Vestsjælland
Publicado: Thursday 27 de July de 2017, 16:23
Una duda que me ha venido ahora...Si yo me saco la licencia en una comunidad y me voy un por ejemplo a pasar medio año en otra, deberia volver a sacarmela ahi o me sirve la que tengo?


Que yo sepa y si no lo han cambiado, te sirve para toda España. Lo que sí que tendrías que hacer es todo el papeleo de notificar que el perro va a estar en otro sitio y demás.
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Damzel

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Edad: 124 años
Provincia: Roskilde
Publicado: Friday 28 de July de 2017, 17:05
Hola, a todos, este año en septiembre nos iremos unos días de vacaciones..y como en otras ocasiones nos llevamos los perros, (yorky y doberman).
En Asturias el Doberman no está considerado PPP, así que no tengo licencia de perros potencialmente peligrosos, aunque si tengo un seguro de responsabilidad civil como si lo fuese, y está vacunado contra la rabia.
Mi pregunta es la siguiente, si estoy de vacaciones en una comunidad en la que el Doberman es PPP, pueden exigirme la licencia y sancionarme por no tenerla??
El año pasado era muy cachorro y la verdad que a todo el mundo le resultaba gracioso incluido a los policías locales que vimos (estuvimos en Andalucia) pero ahora esta mas "grandecito"...y temo que me busquen las cosquillas. Por supuesto va a mi lado con correa, y cuando salgo le pongo bozal, aquí se lo pongo de vez en cuando para que esté acostumbrado....
Espero vuestras respuestas


Te pongo la información que me ha indicado yomismamismamente (y con consentimiento para que lo publique):

La licencia la concede el ayuntamiento de donde eres residente. Fuera de tu residencia basta con seguir las normas de circulación con el animal en la vía pública. De todas formas, un recurso muy barato o gratuito es llevar un certificado de empadronamiento.

Que lleven la pareja su correspondiente certificado de empadronamiento y una lista de los PPP de su lugar de residencia donde no incluya el dobermann.

Siempre que lleve correa y bozal, no deberían poder multarlo.
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Nachoastur

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Edad: 52 años
Provincia: Asturias
Publicado: Friday 28 de July de 2017, 18:23
Ok, muchas gracias. La fotocopia de la ley la llevo siempre encima,  hay localidades en Asturias donde los municipales no saben las razas que sin PPP y dan por sentado que el Dobermann lo es
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